DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES
Está en la naturaleza del hombre imponerse sobre el mundo animal, pero esto en sí mismo no guarda relación alguna con tener derechos.
En cierto momento de la historia de la humanidad, alguien concibió la noción de «derechos», y es sólo el hombre quien hace uso de este concepto. ¿Por qué entonces nos referimos a derechos de los animales? La respuesta es bien sencilla: los derechos de los animales tienen como objeto poner límites al comportamiento humano. Si fallamos al imponer límites legales claros al comportamiento humano en relación con los animales, sería imposible iniciar procesos contra quienes exceden estos límites.
Los animales son vulnerables, sin defensa y completamente sometidos al poder del ser humano. Quienes pasan por alto el bienestar de los animales, son responsables de atentar contra los derechos de los animales. Las maneras en las que nos relacionamos con ellos y los derechos que les otorgamos, tienen que ver con la ética, y ésta, debe tener su origen en la compasión, el respeto y el aprecio desinteresado hacia quienes, aunque distintos en apariencia, son semejantes ante los ojos del Amor.
El concepto de los derechos de los animales puede ser interpretado de diferentes maneras. Por un lado, algunos pueden ejercer el «derecho» a matar animales con el propósito de su consumo o por simple deporte. Hay quienes, por otra parte, se privan de su capacidad de matar, inclusive al más pequeño de los animales.
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